Causa civil – Distinta vecindad
Para que proceda la competencia originaria de la CSJN, conferida por el art. 117 de la Constitución Nacional y reglamentada por el art. 24, inc. 1°, del decreto-ley 1285/58, resulta imprescindible examinar la materia sobre la que versa el pleito, la cual debe revestir naturaleza exclusivamente federal o civil, requiriéndose en este último caso, además, … Sigue leyendo Causa civil – Distinta vecindad
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