Legitimación de las provincias

Es doctrina de la CSJN que una provincia puede ser demandada en su instancia originaria en la medida en que participe en el pleito en forma nominal y sustancial: “para que una provincia pueda ser tenida como parte y proceda, en consecuencia, la competencia originaria prevista en el art. 117 de la Constitución Nacional, es … Sigue leyendo Legitimación de las provincias