Artículo 116 de la Constitución Nacional

  • Jurisdicción judicial federal
  • Todos aquellos casos en los que interviene la justicia federal

Artículo 117 de la Constitución Nacional

  • Apelación ante la Corte conforme las reglas y excepciones del Congreso

REF

  • Establecido por la Constitución Nacional
  • Su alcance lo establece el Congreso: algunos doctrinarios sostienen que esa es la misión del Congreso y no de la Corte
  • ¿Por qué? Por el equilibrio de poderes
  • El Congreso decide en qué casos interviene la Corte

La Constitución Nacional establece un reparto de poderes:

  • entre los sujetos políticos del federalismo  
  • entre la Corte y los tribunales superiores tribunales de provincia (excepción arbitrariedad de sentencia)

¿Es la Corte el intérprete final de la Constitución Nacional?

“(…) en el diseño constitucional argentino «…la Corte Suprema es el tribunal en último resorte para todos los asuntos contenciosos en que se le ha dado jurisdicción (…) Sus decisiones son finales. Ningún Tribunal las puede revocar. Representa, en la esfera de sus atribuciones, la soberanía nacional, y es tan independiente en su ejercicio, como el Congreso en su potestad de legislar, y como el Poder Ejecutivo en el desempeño de sus funciones…» (Fallos: 12:134 y 325:2723).”

¿Son obligatorios los fallos de la Corte?

  • Obligatoriedad horizontal
  • Obligatoriedad vertical
  • Obligatoriedad para el Congreso cuando legisla
  • Obligatoriedad para el Poder Ejecutivo cuando aplica políticas públicas

Funciones del REF

  • asegurar la supremacía de la Constitución Nacional
  • tutela el derecho federal infraconstitucional; ello a través de la casación del derecho federal subconstitucional (artículo 14 inciso 3 de la Ley 48)
  • ¿existe la casación del derecho común?